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Canal Ético

Información para comunicar posibles infracciones con confidencialidad y protección frente a represalias.

Marco normativoEspaña · Unión Europea
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Información institucional ERA/IRESC España Calle Morería nº 6, 46702 Gandía, Valencia, España administracion@eraspain.org 684 24 80 43 Última revisión: 23 de julio de 2026

Este canal está destinado a comunicar de buena fe hechos que puedan constituir infracciones normativas, corrupción, fraude o incumplimientos graves vinculados a la actividad de ERA/IRESC España.

Advertencia organizativa: esta página informativa no sustituye por sí sola la implantación formal de un Sistema Interno de Información. Deben aprobarse responsable, procedimiento, plazos, registro seguro, medidas de confidencialidad y demás requisitos aplicables.

1. Hechos que pueden comunicarse

  • Posibles infracciones penales o administrativas graves o muy graves.
  • Fraude, corrupción, desvío de fondos o conflictos de interés no declarados.
  • Riesgos graves para la seguridad, salud, medio ambiente o interés público.
  • Represalias contra personas informantes.
  • Otros incumplimientos comprendidos en el ámbito de la Ley 2/2023.

2. Qué asuntos deben utilizar otra vía

Las consultas generales, incidencias técnicas, reclamaciones comerciales, solicitudes de derechos de protección de datos o emergencias deben enviarse por sus canales específicos. En una emergencia debe contactarse con el servicio público competente.

3. Formas de comunicación disponibles

Correo designadoadministracion@eraspain.org
Correo postalCalle Morería nº 6, 46702 Gandía, Valencia, España · Referencia «Canal Ético – Confidencial»
Enviar comunicación Consultar otras vías

4. Contenido recomendado

Explique los hechos con claridad, indicando fechas, personas o áreas implicadas y cualquier evidencia disponible. Evite aportar datos personales innecesarios o información obtenida ilícitamente. Puede solicitar una reunión cuando la normativa aplicable lo permita.

5. Confidencialidad, anonimato y represalias

La identidad de la persona informante y de las personas afectadas debe protegerse en los términos legales. Se prohíben las represalias contra quienes comuniquen de buena fe hechos incluidos en el ámbito de protección. La posibilidad de comunicaciones anónimas dependerá del canal técnico y procedimiento formal implantado.

6. Tramitación y derechos de las personas afectadas

La información debe analizarse con independencia, imparcialidad y respeto a la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la confidencialidad. El acceso quedará limitado al personal autorizado y los datos se conservarán únicamente durante el tiempo legalmente necesario.

7. Canales externos

La legislación permite acudir, cuando proceda, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante o a las autoridades públicas competentes.

Ley 2/2023Reglamento (UE) 2016/679Ley Orgánica 3/2018
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